Quirógrafo del Santo Padre sobre la colaboración entre los Dicasterios de la Curia Romana y la Secretaría General del Sínodo, 17.02.2024
En el camino de renovación que está realizando según la «misión de amor propia de Cristo» (Praedicate evangelium [PE] , 2), la Iglesia expresa su ser, «en Cristo como un sacramento, o sea signo e instrumento de la unión íntima con Dios y de la unidad de todo el género humano» (Lumen gentium [LG] , 1). Se manifiesta con mayor claridad y credibilidad al mundo en las diferentes culturas como misterio de comunión misionera (cf. LG , 7), único Cuerpo, partícipe de su Espíritu que la renueva y guía en el anuncio del Evangelio a todas las gentes (cf. LG , 17).
En esta luz, en la Constitución Apostólica sobre la Curia Romana Praedicate evangelium subrayé que la «vida de comunión da a la Iglesia el rostro de la sinodalidad» (PE, 4). En particular, la escucha recíproca y la dinámica de reciprocidad al ponerse al servicio de la misión del Pueblo de Dios cualifican la obra de ayuda de la Curia Romana al ministerio del Obispo de Roma, de cada uno de los Obispos y del Colegio episcopal. Las competencias pastorales que desempeña encuentran su fin y su eficacia en el servicio a la colegialidad episcopal y a la comunión eclesial en unión y bajo la guía del Obispo de Roma (cf. PE , 8-9).
En este contexto se sitúa la tarea de la Secretaría General del Sínodo (cf. Episcopalis communio [EC] , 9). Directamente sometida al Obispo de Roma como Pastor de la Iglesia universal y al mismo tiempo distinta de la Curia Romana como «una institución permanente al servicio del Sínodo de los Obispos» (EC , art. 22 § 1), apoya y acompaña el proceso sinodal establecido en cada momento (cf. EC , art. 23 § 1). De este modo, presta una ayuda específica a la promoción con espíritu sinodal de las relaciones mutuas de los obispos y de las Iglesias particulares que presiden, entre sí y en comunión con el Obispo de Roma en la Iglesia una y católica (cf. LG, 23).
Por lo tanto, dispongo que, de acuerdo con lo establecido en el art. 33 de Praedicate evangelium , los Dicasterios de la Curia Romana colaboren, «según sus respectivas competencias específicas, en la actividad de la Secretaría General del Sínodo», constituyendo grupos de estudio que inicien, con el método sinodal, la profundización de algunos de los temas surgidos en la Primera Sesión de la XVI Asamblea General Ordinaria del Sínodo de los Obispos. Estos grupos de estudio se constituyan de común acuerdo entre los Dicasterios competentes de la Curia Romana y la Secretaría General del Sínodo, a la que se confía la coordinación.
Del Vaticano, 16 de febrero de 2024
FRANCISCO
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