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Conferencia de presentación de la Constitución Apostólica «Veritatis gaudium» del Papa Francisco, sobre la nueva normativa de los Institutos de estudios eclesiásticos, 29.01.2018

Conferencia de presentación de  la Constitución Apostólica «Veritatis gaudium» del Papa Francisco, sobre la nueva normativa de los Institutos de estudios eclesiásticos

A las 11.00 horas de esta mañana, en la Oficina de Prensa de la Santa Sede ha tenido lugar  la conferencia de presentación de la Constitución Apostólica "Veritatis gaudium"  del Papa Francisco, sobre la nueva normativa de los  Institutos de estudios eclesiásticos.

Han intervenido:  S.E. el cardenal  Giuseppe Versaldi, Prefecto de la Congregación para la Educación Católica (de los Institutos de Estudios), S. E. Mons. Angelo Vincenzo Zani, Secretario de la misma Congregación y el prof. Mons. Piero Coda, decano del Instituto Universitario Sophia, Miembro de la Comisión Teológica Internacional.

Intervención de S.E. el cardenal  Giuseppe Versaldi

Nuestra época presenta constantemente nuevos desafíos para todos los actores involucrados en el mundo de la educación superior. A pesar de las inevitables dificultades, estos desafíos son un estímulo para que las instituciones académicas progresen. Sin embargo, a veces son tan fatigosas que las instituciones antes mencionadas pueden verse tentadas por "una pseudocultura que reduce al hombre al descarte, la investigación al interés y la ciencia a la técnica". Contra este paradigma el Papa Francisco se dirige a todos los académicos con una invitación urgente: "Dediquémonos con pasión  a la educación, es decir, a " extraer "lo mejor de cada uno para el bien de todos" (Encuentro con los estudiantes y el mundo académico, Bolonia, 1 de octubre de 2017).

Las universidades y las facultades eclesiásticas, que se rigen  por la Constitución Apostólica Sapientia christiana (1979), pertenecen completamente a este mundo académico. No solo conocen los desafíos, sino también el potencial. No pueden, por su propia naturaleza, escapar a las preguntas intrínsecas que se les plantean. A la luz de su experiencia cotidiana - que examina los muchos pareceres recogidos en todo el mundo - la Congregación para la Educación Católica ha propuesto a Su Santidad  un nuevo marco normativo, solicitado por muchos, de manera que el anterior "se adapte continuamente a los nuevos requisitos de las Facultades Eclesiásticas "(Sap. chr., artículo 93).

Desde su publicación, el texto de la Constitución Apostólica Sapientia christiana (15 abril 1979) y de sus Ordinationes (29 de abril de 1979) ya se han enmendado  tres veces: el 2 de septiembre de 2002, a través de Decreto por el que se renueva el orden de los estudios en Facultad de Derecho Canónico, que, luego de la aprobación específica del Santo Padre, reformula el art. 76 de la Constitución, así como los artículos 56 y 57 de las Ordinationes;  el 28 de enero del 2011, el Decreto de Reforma de  los Estudios Eclesiásticos de Filosofía que, tras su aprobación de forma específica por el Santo Padre, reformula  los artículos 72, 81 y 83 de la Constitución y los artículos 51. 1 a), 52  , 59, 60, 61 y 62 de las Ordinationes (además se añadieron  los artículos 52 bis y 62 bis a las Ordinationes);  el 22 de  septiembre  de 2015, con el Decreto de la Congregación para la Educación Católica concerniente a  la nueva formulación de los artículos 8, 6 ° (ya informe quinquenal), y 14, 6 ° de las  Ordinationes (actualización anual de la base de datos).

Desde 1985, la Congregación para la Educación Católica ha publicado otros textos normativos referentes a las instituciones académicas eclesiásticas en el campo de la teología, la filosofía y ciencias religiosas: Notio affiliationis theologicae (1985), Conventio ad affiliandum (1985), las Normae servandae ad affiliationem theologicam exsequendam (1985)e le Normae de instituti theologici aggregatione (1993); la Notio affiliationis philosophicae (2014), la Conventio ad affiliandum (2014) e le Normae servandae ad affiliationem philosophicam exsequendam (2014); la Instrucción sobre Institutos Superiores de Ciencias Religiosas (2008).

También se deben mencionar los documentos promulgados por el Sumo Pontífice San Juan Pablo II: el Codex Iuris Canonicis (1983) y el Codex Canonum Ecclesiarum Orientalium (1990) que dedican algunos cánones, respectivamente, al tema De universitatibus et facultatibus ecclesiasticis (cfr. cann. 815-821 CIC) y  De ecclesiasticis studiorum universitatibus et facultatibus (cfr. cann. 646-650 CCEO) así como la constitución apostólica Ex corde Ecclesiae (1990) que, aunque esté dedicada  a la Universidad Católica, también se refiere a las instituciones académicas eclesiásticas ( ver Normas generales, Artículo 1, § 2 y Artículo 7, § 1).

Además de las normas canónicas vigentes, la Santa Sede se ha adherido  en el campo de la Educación Superior a  cuatro convenciones  regionales de la UNESCO: Regional Convention on the Recognition of Studies, Diplomas and Degrees in Higher Education in Latin America and the Caribbean (adhesión 30/11/1977), Convention on the Recognition of Qualifications concerning Higher Education in the European Region (adhesión 11/04/1997), Asia-Pacific Regional Convention on the Recognition of Qualifications in Higher Education (adhesión 26/11/2011), Revised Convention on the Recognition of Studies, Certificates, Diplomas, Degrees and Other Academic Qualifications in Higher Education in African States (adhesión el 12/12/2014 ). Este proceso llevó  al Sumo Pontífice Benedicto XVI a erigir, con quirógrafo del 19 de septiembre de 2007, la Agenzia della Santa Sede per la Valutazione e la Promozione della Qualità delle Università e Facoltà Ecclesiastiche (AVEPRO), que es una institución vinculada  con la  Santa Sede, de conformidad con el art. 186 y 190-191 de la Constitución Apostólica Pastor Bonus.

En esta perspectiva, la Congregación para la Educación Católica, con 7 circulares dirigidas a todas las facultades eclesiásticas, dio la información necesaria para un ajuste adecuado de las instituciones académicas eclesiásticas a los requisitos del Proceso Bolonia e introdujo nuevas regulaciones que todavía no están incluidas en la normativa  canónica sobre  los estudios superiores eclesiásticos.

El Papa Francisco animó a esta revisión de la que habló en su discurso ante la Asamblea Plenaria de la Congregación para la Educación Católica el 13 de febrero de 2014: "El 50 aniversario de la Declaración conciliar, el 25 aniversario de Ex Corde Ecclesiae y  la actualización de Sapientia christiana nos llevan a reflexionar seriamente sobre   las muchas instituciones educativas de todo el mundo y su responsabilidad de expresar una presencia viva del Evangelio en el campo de la educación, de la ciencia y de la cultura ". Durante la sesión plenaria del  7al 9  de febrero de 2017, esta revisión se discutió, perfeccionó y aprobó  por los Padres de modo que  “buena parte del [...] trabajo se ha dedicado a las universidades eclesiásticas y católicas para la actualización de la Constitución apostólica Sapientia christiana "(Papa  Francisco, Discurso a la Asamblea Plenaria de la Congregación para la Educación Católica, 9 de de febrero, 2017) .

Esta revisión ha sido asumida  por el Papa  Francisco, que ha decidido emanar una nueva Constitución apostólica. Lleva la fecha del 8 de diciembre de 2017, el 52 ° aniversario de la conclusión del Concilio Vaticano II y se titula Veritatis gaudium. La nueva Constitución sobre los estudios académicos eclesiásticos indica la dirección y, más específicamente, los criterios básicos para una renovación y un relanzamiento de la contribución de los estudios eclesiásticos en una Iglesia misionera "en salida" como ilustra el amplio  Proemio, inspirados en la Evangelii gaudium .

Estos textos también se pueden encontrar en la página web de la Santa Sede y de la Congregación para la Educación Católica (www.educatio.va).