El Sumo Pontífice Francisco
en la audiencia concedida al suscrito Sustituto para los Asuntos Generales el 19 de marzo de 2024, ha decidido que los Canónigos y Coadjutores del Cabildo de Santa María la Mayor, nombrados antes de la entrada en vigor del Estatuto y del Reglamento aprobados por el Quirógrafo de la misma fecha, que hayan alcanzado o alcancen la edad de ochenta años, en conformidad con el art. 7.4 del nuevo Estatuto y con el art. 5.1 del nuevo Reglamento del Cabildo de Santa María la Mayor, asumen el status de Canónigos honorarios y Coadjutores honorarios.
Hasta que las condiciones de salud y la autosuficiencia lo permitan:
1. los Canónigos honorarios conservarán el comodato del apartamento del que ya disfrutan, el título de Protonotario Apostólico supernumerario y sus propias vestimentas;
2. los coadjutores honorarios disfrutarán de un canon de arrendamiento, facilitado como de costumbre, conservando las vestimentas de Coadjutor.
Además, los Canónigos honorarios y los Coadjutores honorarios podrán:
3. continuar su actividad litúrgico-pastoral voluntaria en la Basílica;
4. seguir percibiendo la asignación capitular reconocida por el Rescritto ex Audientia de 18 de diciembre de 2021;
5. disfrutar de la posibilidad de sepultura en el Cementerio de los Canónigos, de acuerdo con la Circular del 23 de septiembre de 2023.
Los Canónigos honorarios están exentos de toda obligación para el Cabildo y, en consecuencia, no participaran a las Sesiones Capitulares.
Desde el Vaticano, 19 de marzo de 2024
Edgar Peña Parra
Sustituto