TERCERA PARTE SEGUNDA SECCIÓN CAPÍTULO PRIMERO ARTÍCULO 1
I “Adorarás al señor tu Dios, y le servirás” 2084 Dios se da a conocer recordando su acción todopoderosa, bondadosa y liberadora en la historia de aquel a quien se dirige: “Yo te saqué del país de Egipto, de la casa de servidumbre”. La primera palabra contiene el primer mandamiento de la ley: “Adorarás al Señor tu Dios y le servirás [...] no vayáis en pos de otros dioses” (Dt 6, 13-14). La primera llamada y la justa exigencia de Dios consiste en que el hombre lo acoja y lo adore. 2085 El Dios único y verdadero revela ante todo su gloria a Israel (cf Ex 19, 16-25; 24, 15-18). La revelación de la vocación y de la verdad del hombre está ligada a la revelación de Dios. El hombre tiene la vocación de hacer manifiesto a Dios mediante sus obras humanas, en conformidad con su condición de criatura hecha “a imagen y semejanza de Dios” (Gn 1, 26):
2086 «El primero de los preceptos abarca la fe, la esperanza y la caridad. En efecto, quien dice Dios, dice un ser constante, inmutable, siempre el mismo, fiel, perfectamente justo. De ahí se sigue que nosotros debemos necesariamente aceptar sus Palabras y tener en Él una fe y una confianza completas. Él es todopoderoso, clemente, infinitamente inclinado a hacer el bien. ¿Quién podría no poner en él todas sus esperanzas? ¿Y quién podrá no amarlo contemplando todos los tesoros de bondad y de ternura que ha derramado en nosotros? De ahí esa fórmula que Dios emplea en la Sagrada Escritura tanto al comienzo como al final de sus preceptos: “Yo soy el Señor”» (Catecismo Romano, 3, 2, 4). La fe 2087 Nuestra vida moral tiene su fuente en la fe en Dios que nos revela su amor. San Pablo habla de la “obediencia de la fe” (Rm 1, 5; 16, 26) como de la primera obligación. Hace ver en el “desconocimiento de Dios” el principio y la explicación de todas las desviaciones morales (cf Rm 1, 18-32). Nuestro deber para con Dios es creer en Él y dar testimonio de Él. 2088 El primer mandamiento nos pide que alimentemos y guardemos con prudencia y vigilancia nuestra fe y que rechacemos todo lo que se opone a ella. Hay diversas maneras de pecar contra la fe: La duda voluntaria respecto a la fe descuida o rechaza tener por verdadero lo que Dios ha revelado y la Iglesia propone creer. La duda involuntaria designa la vacilación en creer, la dificultad de superar las objeciones con respecto a la fe o también la ansiedad suscitada por la oscuridad de esta. Si la duda se fomenta deliberadamente, puede conducir a la ceguera del espíritu. 2089 La incredulidad es el menosprecio de la verdad revelada o el rechazo voluntario de prestarle asentimiento. “Se llama herejía la negación pertinaz, después de recibido el bautismo, de una verdad que ha de creerse con fe divina y católica, o la duda pertinaz sobre la misma; apostasía es el rechazo total de la fe cristiana; cisma, el rechazo de la sujeción al Sumo Pontífice o de la comunión con los miembros de la Iglesia a él sometidos” (CIC can. 751). La esperanza 2090 Cuando Dios se revela y llama al hombre, éste no puede responder plenamente al amor divino por sus propias fuerzas. Debe esperar que Dios le dé la capacidad de devolverle el amor y de obrar conforme a los mandamientos de la caridad. La esperanza es aguardar confiadamente la bendición divina y la bienaventurada visión de Dios; es también el temor de ofender el amor de Dios y de provocar su castigo. 2091 El primer mandamiento se refiere también a los pecados contra la esperanza, que son la desesperación y la presunción: Por la desesperación, el hombre deja de esperar de Dios su salvación personal, el auxilio para llegar a ella o el perdón de sus pecados. Se opone a la Bondad de Dios, a su Justicia —porque el Señor es fiel a sus promesas— y a su misericordia. 2092 Hay dos clases de presunción. O bien el hombre presume de sus capacidades (esperando poder salvarse sin la ayuda de lo alto), o bien presume de la omnipotencia o de la misericordia divinas (esperando obtener su perdón sin conversión y la gloria sin mérito). La caridad 2093 La fe en el amor de Dios encierra la llamada y la obligación de responder a la caridad divina mediante un amor sincero. El primer mandamiento nos ordena amar a Dios sobre todas las cosas y a las criaturas por Él y a causa de Él (cf Dt 6, 4-5). 2094 Se puede pecar de diversas maneras contra el amor de Dios. La indiferencia descuida o rechaza la consideración de la caridad divina; desprecia su acción preveniente y niega su fuerza. La ingratitud omite o se niega a reconocer la caridad divina y devolverle amor por amor. La tibieza es una vacilación o negligencia en responder al amor divino; puede implicar la negación a entregarse al movimiento de la caridad. La acedía o pereza espiritual llega a rechazar el gozo que viene de Dios y a sentir horror por el bien divino. El odio a Dios tiene su origen en el orgullo; se opone al amor de Dios cuya bondad niega y lo maldice porque condena el pecado e inflige penas. 2095 “Las virtudes teologales de la fe, la esperanza y la caridad, informan y vivifican las virtudes morales. Así, la caridad nos lleva a dar a Dios lo que en toda justicia le debemos en cuanto criaturas. La virtud de la religión nos dispone a esta actitud. La adoración 2096 La adoración es el primer acto de la virtud de la religión. Adorar a Dios es reconocerle como Dios, como Creador y Salvador, Señor y Dueño de todo lo que existe, como Amor infinito y misericordioso. “Adorarás al Señor tu Dios y sólo a él darás culto” (Lc 4, 8), dice Jesús citando el Deuteronomio (6, 13). 2097 Adorar a Dios es reconocer, con respeto y sumisión absolutos, la “nada de la criatura”, que sólo existe por Dios. Adorar a Dios es alabarlo, exaltarle y humillarse a sí mismo, como hace María en el Magníficat, confesando con gratitud que Él ha hecho grandes cosas y que su nombre es santo (cf Lc 1, 46-49). La adoración del Dios único libera al hombre del repliegue sobre sí mismo, de la esclavitud del pecado y de la idolatría del mundo. La oración 2098. “Los actos de fe, esperanza y caridad que ordena el primer mandamiento se realizan en la oración. La elevación del espíritu hacia Dios es una expresión de nuestra adoración a Dios: oración de alabanza y de acción de gracias, de intercesión y de súplica. La oración es una condición indispensable para poder obedecer los mandamientos de Dios. “Es preciso orar siempre sin desfallecer” (Lc 18, 1). El sacrificio 2099. Es justo ofrecer a Dios sacrificios en señal de adoración y de gratitud, de súplica y de comunión: “Verdadero sacrificio es toda obra que se hace con el fin de unirnos a Dios en santa compañía, es decir, relacionada con el fin del bien, merced al cual podemos ser verdaderamente felices” (San Agustín, De civitate Dei, 10, 6). 2100 El sacrificio exterior, para ser auténtico, debe ser expresión del sacrificio espiritual. “Mi sacrificio es un espíritu contrito...” (Sal 51, 19). Los profetas de la Antigua Alianza denunciaron con frecuencia los sacrificios hechos sin participación interior (cf Am 5, 21-25) o sin relación con el amor al prójimo (cf Is 1, 10-20). Jesús recuerda las palabras del profeta Oseas: “Misericordia quiero, que no sacrificio” (Mt 9, 13; 12, 7; cf Os 6, 6). El único sacrificio perfecto es el que ofreció Cristo en la cruz en ofrenda total al amor del Padre y por nuestra salvación (cf Hb 9, 13-14). Uniéndonos a su sacrificio, podemos hacer de nuestra vida un sacrificio para Dios. Promesas y votos 2101 En varias circunstancias, el cristiano es llamado a hacer promesas a Dios. El Bautismo y la Confirmación, el Matrimonio y la Ordenación las exigen siempre. Por devoción personal, el cristiano puede también prometer a Dios un acto, una oración, una limosna, una peregrinación, etc. La fidelidad a las promesas hechas a Dios es una manifestación de respeto a la Majestad divina y de amor hacia el Dios fiel. 2102 “El voto, es decir, la promesa deliberada y libre hecha a Dios acerca de un bien posible y mejor, debe cumplirse por la virtud de la religión” (CIC can. 1191, § 1). El voto es un acto de devoción en el que el cristiano se consagra a Dios o le promete una obra buena. Por tanto, mediante el cumplimiento de sus votos entrega a Dios lo que le ha prometido y consagrado. Los Hechos de los Apóstoles nos muestran a san Pablo cumpliendo los votos que había hecho (cf Hch 18, 18; 21, 23-24). 2103 La Iglesia reconoce un valor ejemplar a los votos de practicar los consejos evangélicos (cf CIC can. 654).
En algunos casos, la Iglesia puede, por razones proporcionadas, dispensar de los votos y las promesas (CIC can. 692; 1196- 1197). El deber social de la religión y el derecho a la libertad religiosa 2104 “Todos los hombres [...] están obligados a buscar la verdad, sobre todo en lo que se refiere a Dios y a su Iglesia, y, una vez conocida, a abrazarla y practicarla” (DH 1). Este deber se desprende de “su misma naturaleza” (DH 2). No contradice al “respeto sincero” hacia las diversas religiones, que “no pocas veces reflejan, sin embargo, [...] un destello de aquella Verdad que ilumina a todos los hombres” (NA 2), ni a la exigencia de la caridad que empuja a los cristianos “a tratar con amor, prudencia y paciencia a los hombres que viven en el error o en la ignorancia de la fe” (DH 14). 2105 El deber de rendir a Dios un culto auténtico corresponde al hombre individual y socialmente considerado. Esa es “la doctrina tradicional católica sobre el deber moral de los hombres y de las sociedades respecto a la religión verdadera y a la única Iglesia de Cristo” (DH 1). Al evangelizar sin cesar a los hombres, la Iglesia trabaja para que puedan “informar con el espíritu cristiano el pensamiento y las costumbres, las leyes y las estructuras de la comunidad en la que cada uno vive” (AA 13). Deber social de los cristianos es respetar y suscitar en cada hombre el amor de la verdad y del bien. Les exige dar a conocer el culto de la única verdadera religión, que subsiste en la Iglesia católica y apostólica (cf DH 1). Los cristianos son llamados a ser la luz del mundo (cf AA 13). La Iglesia manifiesta así la realeza de Cristo sobre toda la creación y, en particular, sobre las sociedades humanas (cf León XIII, Carta enc. Immortale Dei; Pío XI, Carta enc. Quas primas). 2106 “En materia religiosa, ni se obligue a nadie a actuar contra su conciencia, ni se le impida que actúe conforme a ella, pública o privadamente, solo o asociado con otros, dentro de los debidos límites” (DH 2; cf GS 26). Este derecho se funda en la naturaleza misma de la persona humana, cuya dignidad le hace adherirse libremente a la verdad divina, que trasciende el orden temporal. Por eso, “permanece aún en aquellos que no cumplen la obligación de buscar la verdad y adherirse a ella” (DH 2). 2107 “Si, teniendo en cuenta las circunstancias peculiares de los pueblos, se concede a una comunidad religiosa un reconocimiento civil especial en el ordenamiento jurídico de la sociedad, es necesario que al mismo tiempo se reconozca y se respete el derecho a la libertad en materia religiosa a todos los ciudadanos y comunidades religiosas”(DH 6). 2108 El derecho a la libertad religiosa no es ni la permisión moral de adherirse al error (cf León XIII, Carta enc. Libertas praestantissimum), ni un supuesto derecho al error (cf Pío XII, discurso 6 diciembre 1953), sino un derecho natural de la persona humana a la libertad civil, es decir, a la inmunidad de coacción exterior, en los justos límites, en materia religiosa por parte del poder político. Este derecho natural debe ser reconocido en el ordenamiento jurídico de la sociedad de manera que constituya un derecho civil (cf DH 2). 2109 El derecho a la libertad religiosa no puede ser de suyo ni ilimitado (cf Pío VI, breve Quod aliquantum), ni limitado solamente por un “orden público” concebido de manera positivista o naturalista (cf Pío IX, Carta enc. Quanta cura). Los “justos límites” que le son inherentes deben ser determinados para cada situación social por la prudencia política, según las exigencias del bien común, y ratificados por la autoridad civil según “normas jurídicas, conforme con el orden objetivo moral” (DH 7). III. “No habrá para ti otros dioses delante de mí” 2110 El primer mandamiento prohíbe honrar a dioses distintos del Único Señor que se ha revelado a su pueblo. Proscribe la superstición y la irreligión. La superstición representa en cierta manera una perversión, por exceso, de la religión. La irreligión es un vicio opuesto por defecto a la virtud de la religión. La superstición 2111 La superstición es la desviación del sentimiento religioso y de las prácticas que impone. Puede afectar también al culto que damos al verdadero Dios, por ejemplo, cuando se atribuye una importancia, de algún modo, mágica a ciertas prácticas, por otra parte, legítimas o necesarias. Atribuir su eficacia a la sola materialidad de las oraciones o de los signos sacramentales, prescindiendo de las disposiciones interiores que exigen, es caer en la superstición (cf Mt 23, 16-22). La idolatría 2112 El primer mandamiento condena el politeísmo. Exige al hombre no creer en otros dioses que el Dios verdadero. Y no venerar otras divinidades que al único Dios. La Escritura recuerda constantemente este rechazo de los “ídolos [...] oro y plata, obra de las manos de los hombres”, que “tienen boca y no hablan, ojos y no ven”. Estos ídolos vanos hacen vano al que les da culto: “Como ellos serán los que los hacen, cuantos en ellos ponen su confianza” (Sal 115, 4-5.8; cf. Is 44, 9-20; Jr 10, 1-16; Dn 14, 1-30; Ba 6; Sb 13, 1-15,19). Dios, por el contrario, es el “Dios vivo” (Jos 3, 10; Sal 42, 3, etc.), que da vida e interviene en la historia. 2113 La idolatría no se refiere sólo a los cultos falsos del paganismo. Es una tentación constante de la fe. Consiste en divinizar lo que no es Dios. Hay idolatría desde el momento en que el hombre honra y reverencia a una criatura en lugar de Dios. Trátese de dioses o de demonios (por ejemplo, el satanismo), de poder, de placer, de la raza, de los antepasados, del Estado, del dinero, etc. “No podéis servir a Dios y al dinero”, dice Jesús (Mt 6, 24). Numerosos mártires han muerto por no adorar a “la Bestia” (cf Ap 13-14), negándose incluso a simular su culto. La idolatría rechaza el único Señorío de Dios; es, por tanto, incompatible con la comunión divina (cf Gál 5, 20; Ef 5, 5). 2114 La vida humana se unifica en la adoración del Dios Único. El mandamiento de adorar al único Señor da unidad al hombre y lo salva de una dispersión infinita. La idolatría es una perversión del sentido religioso innato en el hombre. El idólatra es el que “aplica a cualquier cosa, en lugar de a Dios, la indestructible noción de Dios” (Orígenes, Contra Celsum, 2, 40). Adivinación y magia 2115 Dios puede revelar el porvenir a sus profetas o a otros santos. Sin embargo, la actitud cristiana justa consiste en entregarse con confianza en las manos de la providencia en lo que se refiere al futuro y en abandonar toda curiosidad malsana al respecto. Sin embargo, la imprevisión puede constituir una falta de responsabilidad. 2116 Todas las formas de adivinación deben rechazarse: el recurso a Satán o a los demonios, la evocación de los muertos, y otras prácticas que equivocadamente se supone “desvelan” el porvenir (cf Dt 18, 10; Jr 29, 8). La consulta de horóscopos, la astrología, la quiromancia, la interpretación de presagios y de suertes, los fenómenos de visión, el recurso a “mediums” encierran una voluntad de poder sobre el tiempo, la historia y, finalmente, los hombres, a la vez que un deseo de granjearse la protección de poderes ocultos. Están en contradicción con el honor y el respeto, mezclados de temor amoroso, que debemos solamente a Dios. 2117 Todas las prácticas de magia o de hechicería mediante las que se pretende domesticar potencias ocultas para ponerlas a su servicio y obtener un poder sobrenatural sobre el prójimo —aunque sea para procurar la salud—, son gravemente contrarias a la virtud de la religión. Estas prácticas son más condenables aún cuando van acompañadas de una intención de dañar a otro, recurran o no a la intervención de los demonios. Llevar amuletos es también reprensible. El espiritismo implica con frecuencia prácticas adivinatorias o mágicas. Por eso la Iglesia advierte a los fieles que se guarden de él. El recurso a las medicinas llamadas tradicionales no legítima ni la invocación de las potencias malignas, ni la explotación de la credulidad del prójimo. La irreligión 2118 El primer mandamiento de Dios reprueba los principales pecados de irreligión: la acción de tentar a Dios con palabras o con obras, el sacrilegio y la simonía. 2119 La acción de tentar a Dios consiste en poner a prueba, de palabra o de obra, su bondad y su omnipotencia. Así es como Satán quería conseguir de Jesús que se arrojara del templo y obligase a Dios, mediante este gesto, a actuar (cf Lc 4, 9). Jesús le opone las palabras de Dios: “No tentaréis al Señor, tu Dios” (Dt 6, 16). El reto que contiene este tentar a Dios lesiona el respeto y la confianza que debemos a nuestro Creador y Señor. Incluye siempre una duda respecto a su amor, su providencia y su poder (cf 1 Co 10, 9; Ex 17, 2-7; Sal 95, 9). 2120 El sacrilegio consiste en profanar o tratar indignamente los sacramentos y las otras acciones litúrgicas, así como las personas, las cosas y los lugares consagrados a Dios. El sacrilegio es un pecado grave sobre todo cuando es cometido contra la Eucaristía, pues en este sacramento el Cuerpo de Cristo se nos hace presente substancialmente (cf CIC can. 1367. 1376). 2121 La simonía (cf Hch 8, 9-24) se define como la compra o venta de cosas espirituales. A Simón el mago, que quiso comprar el poder espiritual del que vio dotado a los Apóstoles, Pedro le responde: “Vaya tu dinero a la perdición y tú con él, pues has pensado que el don de Dios se compra con dinero” (Hch 8, 20). Así se ajustaba a las palabras de Jesús: “Gratis lo recibisteis, dadlo gratis” (Mt 10, 8; cf ya Is 55, 1). Es imposible apropiarse de los bienes espirituales y de comportarse respecto a ellos como un poseedor o un dueño, pues tienen su fuente en Dios. Sólo es posible recibirlos gratuitamente de Él. 2122 “Fuera de las ofrendas determinadas por la autoridad competente, el ministro no debe pedir nada por la administración de los sacramentos, y ha de procurar siempre que los necesitados no queden privados de la ayuda de los sacramentos por razón de su pobreza” (CIC can. 848). La autoridad competente puede fijar estas “ofrendas” atendiendo al principio de que el pueblo cristiano debe contribuir al sostenimiento de los ministros de la Iglesia. “El obrero merece su sustento” (Mt 10, 10; cf Lc 10, 7; 1 Co 9, 5-18; 1 Tm 5, 17-18). El ateísmo 2123 “Muchos [...] de nuestros contemporáneos no perciben de ninguna manera esta unión íntima y vital con Dios o la rechazan explícitamente, hasta tal punto que el ateísmo debe ser considerado entre los problemas más graves de esta época” (GS 19, 1). 2124 El nombre de ateísmo abarca fenómenos muy diversos. Una forma frecuente del mismo es el materialismo práctico, que limita sus necesidades y sus ambiciones al espacio y al tiempo. El humanismo ateo considera falsamente que el hombre es “el fin de sí mismo, el único artífice y demiurgo único de su propia historia” (GS 20, 1). Otra forma del ateísmo contemporáneo espera la liberación del hombre de una liberación económica y social para la que “la religión, por su propia naturaleza, constituiría un obstáculo, porque, al orientar la esperanza del hombre hacia una vida futura ilusoria, lo apartaría de la construcción de la ciudad terrena” (GS 20, 2). 2125 En cuanto rechaza o niega la existencia de Dios, el ateísmo es un pecado contra la virtud de la religión (cf Rm 1, 18). La imputabilidad de esta falta puede quedar ampliamente disminuida en virtud de las intenciones y de las circunstancias. En la génesis y difusión del ateísmo “puede corresponder a los creyentes una parte no pequeña; en cuanto que, por descuido en la educación para la fe, por una exposición falsificada de la doctrina, o también por los defectos de su vida religiosa, moral y social, puede decirse que han velado el verdadero rostro de Dios y de la religión, más que revelarlo” (GS 19, 3). 2126 Con frecuencia el ateísmo se funda en una concepción falsa de la autonomía humana, llevada hasta el rechazo de toda dependencia respecto a Dios (GS 20, 1). Sin embargo, “el reconocimiento de Dios no se opone en ningún modo a la dignidad del hombre, ya que esta dignidad se funda y se perfecciona en el mismo Dios” (GS 21, 3). “La Iglesia sabe muy bien que su mensaje conecta con los deseos más profundos del corazón humano” (GS 21, 7). El agnosticismo 2127 El agnosticismo reviste varias formas. En ciertos casos, el agnóstico se resiste a negar a Dios; al contrario, postula la existencia de un ser trascendente que no podría revelarse y del que nadie podría decir nada. En otros casos, el agnóstico no se pronuncia sobre la existencia de Dios, manifestando que es imposible probarla e incluso afirmarla o negarla. 2128 El agnosticismo puede contener a veces una cierta búsqueda de Dios, pero puede igualmente representar un indiferentismo, una huida ante la cuestión última de la existencia, y una pereza de la conciencia moral. El agnosticismo equivale con mucha frecuencia a un ateísmo práctico IV. “No te harás escultura alguna...” 2129 El mandamiento divino implicaba la prohibición de toda representación de Dios por mano del hombre. El Deuteronomio lo explica así: “Puesto que no visteis figura alguna el día en que el Señor os habló en el Horeb de en medio del fuego, no vayáis a prevaricar y os hagáis alguna escultura de cualquier representación que sea...” (Dt 4, 15-16). Quien se revela a Israel es el Dios absolutamente Trascendente. “Él lo es todo”, pero al mismo tiempo “está por encima de todas sus obras” (Si 43, 27- 28). Es la fuente de toda belleza creada (cf. Sb 13, 3). 2130 Sin embargo, ya en el Antiguo Testamento Dios ordenó o permitió la institución de imágenes que conducirían simbólicamente a la salvación por el Verbo encarnado: la serpiente de bronce (cf Nm 21, 4-9; Sb 16, 5-14; Jn 3, 14-15), el arca de la Alianza y los querubines (cf Ex 25, 10-12; 1 R 6, 23-28; 7, 23-26). 2131 Fundándose en el misterio del Verbo encarnado, el séptimo Concilio Ecuménico (celebrado en Nicea el año 787), justificó contra los iconoclastas el culto de las sagradas imágenes: las de Cristo, pero también las de la Madre de Dios, de los ángeles y de todos los santos. El Hijo de Dios, al encarnarse, inauguró una nueva “economía” de las imágenes. 2132 El culto cristiano de las imágenes no es contrario al primer mandamiento que proscribe los ídolos. En efecto, “el honor dado a una imagen se remonta al modelo original” (San Basilio Magno, Liber de Spiritu Sancto, 18, 45), “el que venera una imagen, venera al que en ella está representado” (Concilio de Nicea II: DS 601; cf Concilio de Trento: DS 1821-1825; Concilio Vaticano II: SC 125; LG 67). El honor tributado a las imágenes sagradas es una “veneración respetuosa”, no una adoración, que sólo corresponde a Dios:
2133 “Amarás al Señor tu Dios con todo tu corazón, con toda tu alma y con todas tus fuerzas” (Dt 6, 59). 2134 El primer mandamiento llama al hombre para que crea en Dios, espere en Él y lo ame sobre todas las cosas. 2135 “Al Señor tu Dios adorarás” (Mt 4, 10). Adorar a Dios, orar a Él, ofrecerle el culto que le corresponde, cumplir las promesas y los votos que se le han hecho, son todos ellos actos de la virtud de la religión que constituyen la obediencia al primer mandamiento. 2136 El deber de dar a Dios un culto auténtico corresponde al hombre individual y socialmente considerado. 2137 El hombre debe “poder profesar libremente la religión en público y en privado” (DH 15). 2138 La superstición es una desviación del culto que debemos al verdadero Dios, la cual conduce a la idolatría y a distintas formas de adivinación y de magia.” 2139 La acción de tentar a Dios de palabra o de obra, el sacrilegio y la simonía son pecados de irreligión, prohibidos por el primer mandamiento. 2140 El ateísmo, en cuanto niega o rechaza la existencia de Dios, es un pecado contra el primer mandamiento. 2141 El culto de las imágenes sagradas está fundado en el misterio de la Encarnación del Verbo de Dios. No es contrario al primer mandamiento.
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